
Con esta decisión, el juez federal James Donato, del Distrito Norte de California, rechazó el intento de la aerolínea de cerrar el expediente antes de que avance el proceso judicial. El magistrado consideró que existen elementos suficientes para analizar si la información brindada durante la compra pudo generar una expectativa distinta a la experiencia que finalmente recibieron los pasajeros.
El eje del reclamo pasa por la forma en que United presentaba esos lugares en su sistema de reservas. Según los demandantes, los mapas digitales identificaban determinados asientos exteriores como “window seats”, mientras que los comprobantes de compra también los describían como asientos de ventanilla, pese a que físicamente algunos no contaban con una abertura hacia el exterior.
La demanda sostiene que esa diferencia constituye un incumplimiento contractual, ya que los pasajeros abonaron un servicio específico que no coincidía con el producto entregado.
CAMBIOS TRAS EL INICIO DEL LITIGIO
El caso fue presentado en agosto de 2025 por el estudio jurídico Greenbaum Olbrantz y apunta a una situación que afecta a distintos modelos de aeronaves, donde la distribución del fuselaje hace que algunas filas ubicadas junto a la pared del avión no tengan ventana. Aunque United no realizó declaraciones sobre la reciente resolución judicial, sí recordó que durante 2025 introdujo modificaciones en su plataforma de reservas para ofrecer más detalles sobre las características de cada asiento.
Desde la compañía explicaron que la actualización forma parte de las revisiones periódicas que realizan sobre sus canales digitales con el objetivo de brindar mayor información antes de completar la compra.
Para intentar frenar la acción colectiva, la aerolínea había planteado que su contrato de transporte nunca garantiza que un asiento ubicado junto al fuselaje deba tener vista al exterior. También sostuvo que la legislación estadounidense limita este tipo de demandas al tratarse de cuestiones vinculadas con los servicios y tarifas que ofrecen las compañías aéreas.
Sin embargo, el juez entendió que el planteo de los pasajeros no cuestiona la política comercial de United, sino que se centra en un supuesto incumplimiento del acuerdo de compra. En ese sentido, señaló que la información disponible durante la reserva y la denominación utilizada en los boletos podrían interpretarse como una promesa concreta sobre el tipo de asiento adquirido.
La resolución no implica una condena para la compañía, pero habilita que la causa continúe su curso y avance hacia las siguientes etapas del proceso.
UN DEBATE QUE TAMBIÉN ALCANZA A OTRAS AEROLÍNEAS
El conflicto no es exclusivo de United. El mismo estudio jurídico impulsa una demanda similar contra Delta Air Lines por situaciones equivalentes relacionadas con la asignación de asientos.
El avance de ambos expedientes podría sentar un precedente para la industria aérea respecto al nivel de detalle que deberán ofrecer las aerolíneas cuando comercialicen servicios complementarios, especialmente aquellos por los que los pasajeros pagan un cargo adicional con expectativas específicas sobre la experiencia de viaje.
