
La medida, establecida a través de la Resolución N.º 774/2025, forma parte del proceso de modernización y simplificación administrativa que impulsa el organismo dentro del sistema aerocomercial argentino.
Con la creciente digitalización de los servicios, el antiguo libro rubricado había dejado de reflejar la realidad del sector. Por eso, ANAC dispuso un cambio estructural que reconoce como válidos todos los canales de reclamos implementados por las líneas aéreas —ya sean físicos, electrónicos o telefónicos—, siempre que cumplan con los requisitos de accesibilidad y gratuidad.
A partir de ahora, las aerolíneas, tanto nacionales como extranjeras, deberán disponer de al menos un canal para recibir reclamos de los pasajeros. Cada presentación deberá generar un comprobante único y ser respondida en un plazo máximo de 30 días hábiles.
Entre las nuevas obligaciones de las compañías se incluyen:
* Informar a la ANAC los canales habilitados y cualquier modificación posterior.
* Publicar de forma visible, en puntos de venta físicos y digitales, las vías para iniciar un reclamo.
* Brindar asistencia a quienes no puedan acceder a medios digitales y garantizar accesibilidad para personas con discapacidad.
* Incluir el enlace al Sistema de Reclamos en Línea de ANAC, en los casos en que la respuesta de la empresa no sea satisfactoria.
* Presentar un informe anual con el detalle de los reclamos recibidos, tiempos de respuesta e índice de resolución favorable.
Con esta actualización, la ANAC busca contar con información más precisa y actualizada sobre la experiencia de los pasajeros, optimizando el seguimiento y fortaleciendo la transparencia del sistema. La implementación del nuevo esquema marca un paso importante en la modernización del transporte aéreo argentino, promoviendo una atención más eficiente, inclusiva y orientada a los derechos del usuario.
