
¿CUÁLES SON LOS PRINCIPALES CAMBIOS?
A partir de la entrada en vigencia de esta modificación, el panorama para los profesionales del turismo queda configurado de la siguiente manera:
* Guías locales y temáticos: ya no será necesario registrarse ante el Ente de Turismo para ejercer. El único requisito indispensable será contar con el título habilitante correspondiente. Esto elimina trámites presenciales o digitales previos que funcionaban como barrera administrativa.
* Guías de sitio: esta categoría se mantiene bajo la normativa anterior. Quienes deseen desempeñarse específicamente como guías de sitio deberán continuar tramitando su credencial a través del Ente de Turismo, tal como lo venían haciendo hasta ahora.
EL OBJETIVO: FACILITAR EL EJERCICIO PROFESIONAL
Desde los sectores técnicos del Gobierno de la Ciudad señalan que esta medida busca “eliminar trámites y facilitar el ejercicio profesional”, permitiendo que los guías con formación académica oficial puedan volcarse al mercado laboral de forma inmediata sin esperas burocráticas.
